Compartimos la nota de prensa y texto final aprobado por el Consejo de Europa sobre la adopción formal de la directiva de Ómnibus I que modifica los requerimientos de CSRD y CS3D (DIRECTIVE OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL amending Directives 2006/43/EC, 2013/34/EU, (EU) 2022/2464 and (EU) 2024/1760 as regards certain corporate sustainability reporting requirements and certain corporate sustainability due diligence requirements), tras su adopción previa por el Parlamento Europeo.
El texto de Ómnibus I se publicará con carácter urgente en el Diario Oficial de la Unión Europea en los próximos días y entrará en vigor 20 días después de su publicación (aproximadamente a comienzos de abril).
En relación a la transposición de esta directiva, indicar que los Estados miembros dispondrán de un año para transponer la CSRD a sus legislaciones nacionales, y el plazo de transposición comenzará 20 días después de su publicación en el Diario Oficial, y deberán transponer la CS3D a sus legislaciones nacionales antes del 26 de julio de 2028.
También se incluye la última Circular del Foro de Medio Ambiente nº53 donde se recoge la información sobre la aprobación por el Parlamento el 16 de diciembre de 2025, incluyendo los ACUERDOS que afectan a:
- Ámbito de aplicación de la CSRD: Empresas de la UE con al menos 1000 empleados y una facturación neta de 450 millones de euros.
En cuanto a empresas no pertenecientes a la UE, deberán reportar aquellas que generen más de 450 millones de euros de facturación neta dentro de la UE y las sucursales o filiales en la UE que generen al menos 200 millones de euros de facturación anual.
- Ámbito de aplicación de la CSDDD: Abarca a las empresas de la UE con al menos 5.000 empleados y un volumen de negocio neto de 1.500 millones de euros.
Las empresas no pertenecientes a la UE están incluidas si generan el mismo volumen de negocio neto dentro de la UE.
- Cláusula de revisión: Tanto el alcance del CSRD como el del CSDDD estarán sujetos a futuras revisiones, lo que permitirá posibles ajustes.